Competencia, requisitos y posibles beneficios.
El llamado del presidente Gustavo Petro a Álvaro Uribe para acudir juntos a la JEP reabrió un debate jurídico: ¿cuándo y cómo puede esta jurisdicción conocer de hechos y personas fuera del núcleo de excombatientes? La respuesta está en la arquitectura de la justicia transicional.
Por diseño, la JEP prioriza la verdad plena, la reparación y la no repetición. Su competencia abarca graves crímenes ocurridos en el contexto del conflicto, con posibilidad de incorporar terceros civiles o agentes del Estado no combatientes que voluntariamente se sometan y aporten verdad de manera temprana y suficiente.
En la práctica, una eventual comparecencia de una figura de alto perfil requiere una solicitud formal que motive la relación de los hechos con el conflicto armado. La JEP evalúa pertinencia, conexidad y utilidad del aporte para la macroverdad.
Si la solicitud supera el filtro, se abre una ruta de sometimiento con versiones voluntarias, contraste probatorio y un régimen de sanciones propias que solo proceden cuando hay reconocimiento de responsabilidad y compromisos restaurativos verificables (por ejemplo, trabajos en beneficio de comunidades afectadas).
En ausencia de reconocimiento, la JEP puede remitir a la justicia ordinaria o avanzar hacia juicios adversariales, donde las sanciones pierden su carácter restaurativo. La transparencia de los aportes y la participación de víctimas son elementos no negociables.
Para el país, el valor de una comparecencia de alto nivel radica en el efecto verdadero: atar nombres, decisiones y cadenas de mando a hechos concretos. Ello permite garantías de no repetición más sólidas y reparaciones con foco territorial.
En el plano político, someter el desacuerdo petrismo–uribismo a la JEP traslada la controversia a un marco institucional con controles y seguimientos públicos, reduciendo incentivos al ruido y aumentando los del esclarecimiento.
Para las víctimas, la prioridad es que cualquier beneficio dependa de verdad exhaustiva, reconocimientos públicos y medidas reparadoras con cronogramas, presupuestos y evaluación independiente. Sin estos componentes, el proceso perdería legitimidad.
La comunidad internacional suele respaldar estos mecanismos cuando muestran resultados verificables y participación efectiva de víctimas. Ese acompañamiento puede fortalecer la confianza y blindar el proceso frente a cambios políticos.
Juristas consultados resaltan que el listón jurídico es alto pero posible: la JEP tiene herramientas para tramitar sometimientos voluntarios si se acredita conexidad y utilidad para la verdad. El seguimiento ciudadano será clave para medir la seriedad.
En el espectro político, el gesto de Petro ya modificó la discusión: si Uribe acepta, la conversación girará en cronogramas, audiencias y aportes concretos; si no, el costo se medirá en el terreno de la opinión y la coherencia con la idea de verdad.El “vamos a la JEP” abre un explicador legal en tiempo real. La pelota está en el campo de las decisiones y de la voluntad de aportar verdad.