Segunda instancia confirmó la negativa administrativa.
El caso de Daniel Quintero transitó por tres fases: participación en consulta presidencial, intento de inscripción por firmas y apelación administrativa. La última estación se cerró con la confirmación de la Registraduría a la negativa del comité inscriptor.
El anuncio de una tutela abre un carril paralelo en la justicia para discutir la decisión y sus efectos sobre los derechos políticos del aspirante. Mientras tanto, el cronograma de recolección de apoyos se detiene.
Hito 1: Participación en consulta
Quintero tomó parte en una consulta política para escoger candidato presidencial. Ese antecedente será determinante: la autoridad considera que, una vez se opta por ese mecanismo, no es viable cambiar luego a la ruta ciudadana para el mismo proceso.
Hito 2: Comité y plan de firmas
Tras la consulta, el equipo del exalcalde impulsó un comité con nombre y estructura para recoger cientos de miles de apoyos. La meta era consolidar músculo territorial y validar firmas ante la autoridad electoral.
Hito 3: Primera negativa
La Registraduría negó el registro del comité inscriptor. Sin ese acto, los formularios oficiales para recaudar apoyos no pueden expedirse y la cadena logística queda suspendida.
Hito 4: Recurso de apelación
La campaña presentó apelación. La Secretaría General estudió los argumentos, entre ellos la renuncia a la consulta y consideraciones sobre decaimiento de actos, y resolvió confirmar la negativa inicial.
Hito 5: “No procede recurso”
Con la decisión de segunda instancia, la entidad cerró la vía administrativa. La frase “no procede recurso” marca el final del trámite dentro de la Registraduría y obliga a definir un plan jurídico o político alterno.
Hito 6: La tutela
El exalcalde anunció que interpondrá una tutela. Ese camino busca protección inmediata de derechos fundamentales y, eventualmente, una orden para habilitar la recolección de apoyos o reexaminar el caso.
Hito 7: Efectos en campaña
El equipo, que preparaba puntos de recolección, queda en pausa. La caja de la campaña y el compromiso de voluntarios dependen ahora de señales rápidas: un fallo de tutela o un acuerdo político para un aval.
Hito 8: El marco normativo
La arquitectura legal diferencia con nitidez el aval del partido y el grupo significativo de ciudadanos. La participación en consultas se entiende como una definición de ruta, no como un paso intermedio camino a las firmas.
Aliados de Quintero cuestionan la interpretación por restrictiva; opositores la celebran por dar claridad y evitar “doble militancia” de hecho. En el espectro progresista, la decisión reacomoda el tablero y concentra apoyos en otros nombres mientras se resuelve la disputa judicial.
De cara a las próximas semanas, el foco estará en la tutela y en si emerge un aval partidario que reprograme la candidatura. El caso deja una moraleja institucional: las reglas importan tanto como los tiempos.