El académico Portilla radicó la queja con anexos y petición de audiencia.
Noviembre de 2024: un formulario de la Presidencia registra a Verónica Alcocer como cónyuge/compañera de Gustavo Petro. Octubre de 2025: el presidente publica en X que está separado “desde hace años”. Noviembre de 2025: el académico Juan Carlos Portilla radica una denuncia por presunta falsedad en documento y pide revisar movimientos financieros del entorno presidencial.
El escrito quedó en la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, que deberá decidir si da apertura a indagación previa, cita a los mencionados y solicita pruebas a entidades como la Uiaf o autoridades internacionales, según la trazabilidad solicitada por el denunciante.
Desarrollo
11 de noviembre de 2024. Según la denuncia, en esa fecha se suscribió o actualizó un formulario público en el que se identifica a Alcocer como cónyuge/compañera permanente. La defensa podría alegar criterios administrativos (seguridad social, residencia, dependencia) o la vigencia de un vínculo legal pese a separación de hecho.
Octubre de 2025. El presidente escribe en X que está separado “desde hace años”, mensaje que el denunciante toma como evidencia de una realidad distinta a la consignada en el documento. La prueba digital debe autenticarse (fecha, autoría, integridad) para efectos jurídicos.
6 de noviembre de 2025. Portilla interpone la denuncia por presunta falsedad en documento y sugiere revisar reportes sobre eventuales aportes irregulares a la campaña de 2022 y movimientos transnacionales. La solicitud, de avanzar, implicaría cooperación y cadena de custodia para cuentas y transferencias.
Ruta institucional. La Comisión puede: (1) abrir indagación previa, (2) decretar práctica de pruebas, (3) archivar por atipicidad o falta de mérito. En escenarios de avance, podría presentarse un proyecto de acusación a la plenaria y, de prosperar, remitir al Senado como Gran Jurado.
Impacto político. El caso coincide con un ciclo de alta polarización y con debates sobre el rol de la Primera Dama. La narrativa pública tiende a sobredimensionar la vida privada; no obstante, los formatos oficiales exigen consistencia. De ahí la relevancia de precisar el alcance jurídico de “cónyuge/compañera” y de si, jurídicamente, había separación de hecho o de derecho.
Comparativos. A nivel nacional, diligencias por falsedad han terminado a menudo en archivo por falta de dolo o relevancia jurídica del dato; en otras, devienen en correcciones administrativas. Internacionalmente, sólo escalan cuando se conectan a beneficios patrimoniales o a ocultamiento de estructuras financieras.

*Imágen de referencia
Qué mirar de aquí en adelante. La Comisión podría pedir al Departamento Administrativo de la Presidencia aclarar quién diligenció el formulario, bajo qué instrucciones, y el régimen patrimonial de la pareja al momento del registro. También, compulsar copias a Fiscalía si encuentra indicios de otras conductas.
Tiempos. Los procesos con fuero tienden a extenderse; las decisiones claves dependen de la calidad de los anexos, de eventuales versiones de los implicados y del contexto político en el Congreso. La publicidad de actuaciones está limitada por reserva sumarial.
El expediente reaviva la discusión sobre transparencia y control político. Bancadas opositoras quieren que el presidente explique la cronología de su vida marital; sectores de gobierno piden no “judicializar” la intimidad. Organizaciones cívicas recomiendan salvaguardar la independencia de la Comisión.
Para la opinión pública, la clave será distinguir entre contradicciones comunicacionales y conductas típicas penalmente. La pedagogía institucional qué investiga la Comisión, qué no ayudará a evitar expectativas desbordadas.
La denuncia abre un frente jurídico con fuerte lectura política. Corresponde a la Comisión verificar documentos y, si procede, elevar el estándar probatorio. Sin pruebas robustas, el caso podría diluirse; con ellas, escalar.